JNE traslada al concejo provincial pedido de vacancia de primera regidora de Lamas

 JNE traslada al concejo provincial pedido de vacancia de primera regidora de Lamas

En cinco días de notificada se debe someter a sesión de concejo

El Jurado Nacional de Elecciones, ha emitido respuesta referido al Expediente N.° JNE.2019001312, en su artículo primero, determina Trasladar al Concejo Provincial de Lamas, la solicitud de vacancia presentada por José Elexban Pérez Gonzales, en contra de Sonia Cristina Linares Dávila, regidora de la citada comuna, por la causal de restricciones de contratación.

En consecuencia, determina Requerir al gerente municipal de dicha entidad edil, o a quien haga sus veces, para que, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, notifique el presente auto a los miembros del concejo municipal e, inmediatamente después, remita a este órgano colegiado los respectivos cargos de notificación.

Asimismo, determinaron requerir a los miembros del Concejo Provincial de Lamas, para que cumplan con tramitar la presente solicitud conforme al procedimiento legalmente establecido.

El Jurado Nacional de Elecciones, da cuenta los procedimientos a seguir, es decir, primero, convocar a sesión extraordinaria, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, luego de notificado el presente auto.

En caso que el alcalde no lo haga en el plazo establecido, previa notificación escrita a este, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor.

Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de cinco (5) días hábiles. Además, la sesión de concejo deberá realizarse dentro de los treinta (30) días hábiles después de recibida la solicitud y luego de notificarse al afectado, para que ejerza su derecho de defensa.

Además de requerir y recibir los informes del área de asesoría legal, o de cualquier otra, que sean necesarios para resolver la presente solicitud, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles establecidos para el trámite de este procedimiento.

Concurrir a la sesión extraordinaria y suscribir la respectiva acta de sesión de concejo, el quorum para la realización de esta sesión es la mitad más uno de sus miembros hábiles.

Asimismo, los miembros asistentes (incluso el afectado) están obligados a emitir, de manera fundamentada, su voto a favor o en contra de la vacancia, la cual, para ser declarada, requiere del voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de los miembros del concejo. Además, la decisión que la aprueba o rechaza, deberá ser formalizada mediante acuerdo de concejo.

De esta manera, el primer pedido de vacancia para un regidor en la región San Martín, es la de la Regidora Sonia Cristina Linares Dávila, que ahora está en manos de sus colegas regidores, quienes definirán su situación en próxima sesión de concejo.

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