Ex Alcalde de Morales Carlos Philco es sentenciado a 4 años de pena privativa
Tendrá que pagar una multa de S/ 1395.00 soles por caso de peculado doloso en agravio de la Municipalidad Distrital de Morales.
Sin embargo, se dispuso la suspensión de la ejecución de la pena en aplicación de lo prescrito en el segundo párrafo del artículo 402º del Código Procesal Penal:
«Artículo 402°.- Ejecución provisional.-
1. La sentencia condenatoria, en su extremo penal, se cumplirá provisionalmente aunque se interponga recurso contra ella, salvo los casos en que la pena sea de multa o limitativa de derechos.
2. Si el condenado estuviere en libertad y se impone pena o medida de seguridad privativa de libertad de carácter efectivo, el Juez Penal según su naturaleza o gravedad y el peligro de fuga, podrá optar por su inmediata ejecución o imponer algunas de las restricciones previstas en el artículo 288° mientras se resuelve el recurso».