El segundo juzgado penal de San Martín condenó a exfuncionario de COFOPRI Henry Mendoza Jesús, a tres años y cinco meses de pena privativa de la libertad por dos años de periodo de prueba

 El segundo juzgado penal de San Martín condenó a exfuncionario de COFOPRI Henry  Mendoza Jesús, a tres años y cinco meses de pena privativa de la libertad por dos años de periodo de prueba

En audiencia realizada mediante sistema virtual, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tarapoto de la Corte Superior de Justicia de San Martín, a cargo del juez Richard Rodríguez Alván, condenó a Henry Mendoza Jesús como autor del delito de peculado en agravio de COFOPRI, mediante conclusión anticipada, siendo la sentencia de tres años y cinco meses de pena privativa de libertad, con un periodo de prueba de dos años con ciertas reglas de conducta.

Además, le impuso el pago de una reparación civil de 9 mil soles a favor del Estado y la inhabilitación por el tiempo de 41 meses (3 años y 5 meses), para el ejercicio de la función pública o para obtener mandato, cargo o empleo de carácter público.

De acuerdo con la acusación fiscal sustentada en juicio, Henrry Mendoza Jesús laboró para COFOPRI en calidad de encargado de la Unidad de Caja de la Oficina Zonal de San Martín, en el periodo del 10 de febrero del 2009 al 30 de Junio del 2009, según lo expuesto en el Informe Especial N° 08-2009-02-4246 elaborado por el OCI de dicha entidad del Estado.

Con fecha 12 de Mayo del 2009, el Jefe de la Unidad de Contabilidad (e) realiza un arqueo de caja de los fondos de dinero de la Oficina Zonal de San Martín – COFOPRI donde se detectó lo siguiente:

El 09 de febrero del 2009 se crea el fondo fijo de “caja chica”, indicando que la Oficina de San Martín tiene a su cargo la suma de S/. 1 mil, dinero que fue depositado con el comprobante de pago N° 252 de fecha 23 de febrero del 2009, de los cuales falta rendir S/ 845.00 que no existe en físico ni mediante comprobantes de pago.

El 16 de enero del 2009 se crea el fondo de “pagos en efectivo”, otorgando a la Oficina de San Martín la suma de S/. 7 mil, dinero que fue depositado mediante comprobante de pago N° 287 de fecha 31 de Enero del 2009, de las cuales no solo se ha usado todo el fondo, sino que además existe un exceso de pago por S/1,978.38, dinero que proviene de otro fondo.

La defensa del acusado señaló que su patrocinado ha desempeñado las funciones señaladas por el representante del Ministerio Público y admitió los cargos. Por tal razón, solicitó una pena proporcional al delito y el daño causado, así como una reparación civil bajo las mismas consideraciones.

Cabe mencionar, que el acusado escuchó su sentencia desde Antofagasta (Chile), admitió los cargos y su responsabilidad tanto penal como civil.

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