Minedu, autoriza apertura de quioscos, cafeterías y comedores escolares

 Minedu, autoriza apertura de quioscos, cafeterías y comedores escolares

Podrán funcionar si cuentan con servicios de agua para el consumo humano, desagüe y electricidad.

La norma técnica, aprobada mediante la resolución ministerial N° 186-2022-MINEDU, señala que los quioscos, cafeterías y comedores escolares podrán funcionar siempre que cuenten con servicios de agua para el consumo humano, desagüe y electricidad, con el fin de garantizar las mejores condiciones de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud (MINSA) para la preparación y conservación de alimentos y su consumo.

Asimismo, indica que los estudiantes deben consumir los alimentos de su refrigerio o lonchera, o los que adquieran en la cafetería o comedor escolar, y no deben compartir alimentos ni utensilios.

De otro lado, establece que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, se suspenden los desfiles escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar, así como todo tipo de reunión que implique concentración o aglomeración, salvo las actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para los estudiantes.

De acuerdo con la norma, el servicio educativo presencial deberá ser suspendido en el aula en la que se encontró un caso confirmado o sospechoso de COVID-19 por el periodo de cuarentena establecido por el MINSA.

Asimismo, deberán realizar cuarentena por los días establecido por el MINSA los estudiantes y los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de COVID-19.

Estas y otras disposiciones tienen como base el DS N° 041-2022-PCM, que recoge lo establecido por el MINSA al dejar sin efecto el distanciamiento mínimo de un metro en las instituciones educativas a partir del 1 de mayo de 2022.

 

 

 

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