Bellavista: Jueza falla a favor de la comunidad Kichwa de Puerto Franco en la y ordena redimensionamiento del Parque Nacional Cordillera Azul

 Bellavista: Jueza falla a favor de la comunidad Kichwa de Puerto Franco en la y ordena redimensionamiento del Parque Nacional Cordillera Azul

¿Qué significa este fallo, un avance o un retroceso en la protección y conservación de las Áreas Naturales Protegidas en el país?

El Juzgado Mixto de Bellavista de la Corte Superior de Justicia de San Martín, que despacha la jueza, Simona del Socorro Torres Sánchez, falló a favor de la Comunidad Nativa Kichwa de Puerto Franco, ubicada en la jurisdicción del distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista.

Con este fallo ordena se inicie la titulación de su territorio ancestral, la misma que era reclamada por esta comunidad en un proceso legal iniciado en el año 2020 con el apoyo del Consejo Étnico de los Pueblos Kichwas de la Amazonía – CEPKA, en contra del Parque Nacional Cordillera Azul – PNCAZ.

Además, en el fallo se ordena la consulta previa de la creación del PNCAZ y que se cumpla con el derecho de la comunidad a beneficiarse de las actividades de conservación que se realizan en su territorio, como el Proyecto REDD+ del PNCAZ.

 

La jueza del Juzgado Mixto de Bellavista, Simona del Socorro Torres Sánchez, amparó cada una de las pretensiones solicitadas en la demanda, ordenando lo siguiente:

  • Que la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de San Martín inicie el proceso de titulación de la integridad del territorio tradicionalmente utilizado y ocupado por la comunidad.
  • Que se inaplique los artículos 11 y 18 de la Ley 22175 y 76 de la Ley 29763, que regula la titulación de las tierras de las comunidades nativas con cesión en uso. Y que el Gobierno Regional de San Martín titule la integridad del territorio ocupado tradicionalmente de la comunidad Puerto Franco en propiedad.
  • Que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) redimensione el Bosque de Producción Permanente (BPP) que afecta el territorio ocupado tradicionalmente por la comunidad.
  • Que la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de San Martín declare nulas las concesiones forestales dentro del territorio ocupado comunal.
  • Que el Servicio Nacional de Área Nacionales protegidas por el Estado (SERNANP) haga la consulta libre e informada del D.S. 031-2001-AG que crea el Parque Nacional Cordillera Azul y su Plan Maestro 2017-2021.
  • Que el SERNANP instruya a los guardaparques del Parque Nacional Cordillera Azul, a no impedir el acceso a los miembros de la comunidad Puerto Franco y otras comunidades afectadas, a los recursos naturales.
  • Que el SERNANP cumpla con el derecho de las comunidades nativas sobre las que se superpone el PNCAZ, de beneficiarse de las actividades de conservación en sus territorios (Como el proyecto REDD+ del Parque, según el artículo 15.2 del Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo).
  • Que el SERNANP cumpla con el derecho de las comunidades nativas sobre las que se superpone el PNCAZ, de participar en la gestión de éste con capacidad de decisión.

Cabe precisar, que el representante del Estado, en este caso los representantes del Parque Nacional Cordillera Azul, han apelado este fallo en primera instancia de la Jueza de Bellavista, Simona del Socorro Torres Sánchez.

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