𝗟𝗼𝘀 𝗮𝗿𝗴𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗘𝘀𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗽𝗲𝗿𝘂𝗮𝗻𝗼 𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗮 𝗖𝗼𝗿𝘁𝗲 𝗜𝗗𝗛 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝗳𝗲𝗻𝗱𝗲𝗿 𝗲𝗹 𝗶𝗻𝗱𝘂𝗹𝘁𝗼.

 𝗟𝗼𝘀 𝗮𝗿𝗴𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗘𝘀𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗽𝗲𝗿𝘂𝗮𝗻𝗼 𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗮 𝗖𝗼𝗿𝘁𝗲 𝗜𝗗𝗛 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝗳𝗲𝗻𝗱𝗲𝗿 𝗲𝗹 𝗶𝗻𝗱𝘂𝗹𝘁𝗼.

La defensa del Estado peruano, representada por los agentes Jorge Villegas y Adrián Simons, sostuvo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que el indulto a Alberto Fujimori no implica impunidad.

Según explicó Villegas, la impunidad es falta de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena, lo que no ocurrió con Fujimori, porque fue extraditado y condenado, cuya pena cumplió la mitad. Además de este argumento, a lo largo de la audiencia los abogados expusieron otras razones que -según ellos- sustentan el indulto.

𝘾𝙖𝙪𝙨𝙖𝙡 𝙣𝙤 𝙛𝙪𝙚 𝙚𝙡 𝙘á𝙣𝙘𝙚𝙧
El abogado Simons tuvo que revelar parte del expediente médico que sustentó el indulto para defender la gracia concedida por Pedro Pablo Kuczynski. Señaló que le diagnosticaron 10 enfermedades a Fujimori, de las cuales «las tres o cuatro primeras son enfermedades cardiovasculares y la más grave es fibrilación auricular paroxística».

De esta forma, Villegas remarcó que «la causal de otorgamiento no ha sido el cáncer”, sino la situación cardíaca que “puede producir muerte súbita en condiciones de carcelería».

𝙋𝙤𝙨𝙩𝙞𝙜𝙤 𝙣𝙤 𝙛𝙪𝙚 𝙙𝙚𝙩𝙚𝙧𝙢𝙞𝙣𝙖𝙣𝙩𝙚
Abogados aseguraron que opinión del oncólogo Juan Postigo Díaz, médico de Fujimori, no fue determinante, al señalar que el indulto no se dio por la enfermedad del cáncer.

«Se habla de la falta de imparcialidad de uno de los médicos que es oncólogo, pero no mencionan que la enfermedad cancerígena ocupa el rango número seis de las 10 enfermedades decretadas», apuntó Simons.

Tradición de conceder indultos
Villegas argumentó que el Estado peruano tiene una tradición de otorgamiento de indultos en casos humanitarios, y que muchos de ellos fueron para personas condenadas por el delito de terrorismo.

“El Estado sostiene que la pena privativa de la libertad no puede ser una pena de muerte encubierta. El Estado repudia la ley de Talión y reafirma su derecho a otorgar indultos humanitarios aun a los condenados por graves violaciones de los derechos humanos”, aseveró.

𝘿𝙚𝙧𝙚𝙘𝙝𝙤 𝙖 𝙨𝙖𝙡𝙪𝙙 𝙥𝙧𝙚𝙫𝙖𝙡𝙚𝙘𝙚
La defensa del Estado consideró que entre la ponderación de los derechos de las víctimas por la verdad y justicia ya obtenidos con sentencia, y el derecho a la salud, la dignidad y la vida, prevalecen estos últimos.

𝙑í𝙘𝙩𝙞𝙢𝙖𝙨 𝙣𝙤 𝙧𝙚𝙨𝙥𝙚𝙩𝙖𝙧𝙤𝙣 𝙞𝙣𝙨𝙩𝙖𝙣𝙘𝙞𝙖𝙨
El agente Adrián Simons cuestionó que las familias de las víctimas hayan acudido inmediatamente a la Corte IDH y no primero al sistema judicial interno del Perú.

Agregó que «pretenden equivocadamente» que la Corte IDH sea «primera y única instancia al solicitarle la nulidad de la resolución, y que representa un problema de falta de agotamiento de la vía interna.

“Tenemos en el país las condiciones que garantizan el debido proceso, garantías para los denunciantes y el Estado peruano”, afirmó.

𝙉𝙤 𝙝𝙪𝙗𝙤 𝙥𝙖𝙘𝙩𝙤 𝙥𝙤𝙡í𝙩𝙞𝙘𝙤
Simons rechazó que el indulto tenga un carácter político, en alusión a la presunta negociación entre PPK y Kenji Fujimori. Señaló que durante la votación de la moción de vacancia, no solo los ‘kenyistas’ salvaron con su voto a PPK sino también otros legisladores que se abstuvieron o votaron en contra.

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